Perú está pasando por una etapa difícil que así como afecta a la población, también al sector empresarial, quienes están enfocados principalmente en darle continuidad a su operación. Por esta razón,queremos compartirles las medidas implementadas por SUNAT a tomar en cuenta durante el Estado de Emergencia, para que las empresas tengan alternativas que los ayuden a disminuir el impacto económico del COVID-19.
1) Primera medida: Extensión del vencimiento de la declaración jurada mensual Febrero 2020 para micro, pequeñas y medianas empresas. Aún no se ha establecido el nuevo cronograma.
2) Segunda Medida: Las cuotas que vencen el 31 de Marzo, no serán tomadas en cuenta para la pérdida de fraccionamiento (incluido el interés moratorio), siempre y cuando sean pagadas hasta el 30 de abril del 2020.
3) Tercera medida: Solicitud de libre disposición de montos depositados, la solicitud se ingresa hasta el día 7 de abril de 2020 mediante la plataforma de SUNAT y la solicitud comprende el monto acumulado hasta el 15 de marzo de 2020.
4) Cuarta medida: La declaración de libros y registros vinculados a asuntos tributarios se aplaza hasta el 4 de mayo del 2020 para micro, pequeñas y medianas empresas.
5) Quinta medida: SUNAT expresa que no habrá sanciones administrativas para los contribuyentes (micro, pequeña, mediana y gran empresa) que incurran en infracciones tributarias durante el Estado de Emergencia.
6) Sexta medida: Las empresas podrán solicitar la liberación de fondos de detracciones de manera anticipada, a través del portal de SUNAT.
Como Manager Software Perú mantendremos a todos nuestros clientes informados oportunamente sobre las medidas que exprese SUNAT. No olvidemos seguir las disposiciones de prevención expresadas por nuestro gobierno, adaptarnos a las circunstancias actuales es vital para mantener el progreso de nuestro país.
Más información en http://www.sunat.gob.pe/